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¡Que nadie te la niegue! SAT advierte que no es necesario el CFDI para emitir facturas

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Para entregar una factura, el contribuyente debe presentar su constancia de identificación fiscal con su RFC.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) advierte que son prácticas fiscales indebidas negar la emisión y entrega de una factura si el contribuyente no muestra su Cédula de Identificación Fiscal o Constancia de Situación Fiscal.

Basta con que la persona de verbalmente o por escrito sus datos, para que se le entregue la factura de inmediato.

“Para solicitar el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) o factura en la compra de productos o por la prestación servicios, no se requiere entregar al proveedor la Cédula de Identificación Fiscal o Constancia de Situación Fiscal”, enfatizó.

Lo anterior fue dado a conocer mediante la Séptima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023, publicada este 18 de octubre en el Diario Oficial de la Federación.

El contribuyente que solicite una factura solo está obligado a proporcionar verbalmente o por escrito la clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), nombre o razón social, código postal del domicilio fiscal y el uso fiscal que le dará a dicho comprobante, por ejemplo, gastos en general o adquisición de mercancías.

A través de la factura, las personas físicas y morales comprueban ante el SAT la existencia de sus operaciones, ya que este documento contiene, entre otros, la descripción del bien adquirido o servicio prestado, la fecha de transacción, el costo y los impuestos correspondientes.

El SAT cuenta con servicios de facturación gratuita a través del Porta. Además, en julio pasado la autoridad tributaria puso a disposición de los contribuyentes la aplicación Factura SAT Móvil, una herramienta para la emisión de facturas de manera fácil, rápida y gratuita.

Cabe señalar que el Código Fiscal de la Federación establece que la factura debe emitirse en el momento en que se realiza la transacción en archivo electrónico y cuando el cliente lo requiera se entregará su representación impresa, por lo que también es una práctica fiscal indebida que se solicite al contribuyente ingresar a sitios web para que capture sus datos de identificación para generar el comprobante fiscal. De esta manera, el SAT señala que son prácticas fiscales indebidas: Condicionar la expedición de facturas a la exhibición de la Cédula de Identificación Fiscal o Constancia de Situación Fiscal.

Negar la emisión de la factura en el establecimiento o local comercial y trasladar al cliente la obligación de generarla, incluso si el pago se realiza en efectivo.

Para presentar una denuncia por alguna de estas prácticas, el SAT pone a disposición los siguientes medios de contacto, las 24 horas del día:

  • Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx
  • Quejas y Denuncias SAT: 55 8852 2222 Internacional: 1 52 55 8852 2222
  • Teléfonos Rojos ubicados en las oficinas del SAT En el Portal del SAT, consulta el servicio de conciliación de factura: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/87088/solicitudes-por-la-no-emision-de-factura
Ana

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