Vence prórroga del SAT para contribuyentes del Resico; ahora deben tener su e.firma
Este lunes 2 de octubre se terminó el plazo otorgado por el SAT para que los contribuyentes del Resico tengan su firma electrónica activa y el Buzón Tributario.
A partir del 2 de octubre vence la prórroga que había dato el SAT en varias ocasiones a los contribuyentes que están el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), por lo que ahora deben contar con e.firma activa y tener activo el Buzón Tributario.
Asimismo, para emitir facturas electrónicas deben hacerlo con las aplicaciones ‘Factura fácil’ y ‘Mi nómina’ de ‘Mis cuentas’.
Este régimen es para contribuyentes con ingresos hasta de 3.5 millones de pesos, quienes pagan una tasa del Impuesto Sobre la Renta (ISR) desde 1 por ciento hasta 2.5 por ciento .
Edilberto Castro, especialista en impuestos, explicó que esta obligación para que los contribuyentes del Resico tuvieran su e.firma venía desde el año pasado y se dieron diversas prórrogas, pero este lunes venció el plazo.
Ahora para emitir las facturas necesitarán forzosamente su firma electrónica, recalcó.
“El problema es que el SAT sigue teniendo complicada la disponibilidad de fechas para sacar firmas electrónicas. Ahí está el inconveniente, se hacen los cuellos de botella”, dijo.
“No se trata de una disposición nueva, porque desde que salió el nuevo régimen el SAT advirtió que debían de tener e.firma, pero estuvieron dando varias prorrogas para que entrara en vigor la disposición”, precisó.
“El problema es que hasta la fecha todavía hay gente que no ha conseguido esa cita. Quizás hubo contribuyentes que hicieron desidia y otros que no han encontrado espacio”, advirtió.
“Lo que pasa es que el programa factura fácil les permitía acceder al sistema solo con su contraseña. Entonces ahorita es el mismo sistema, te va a permitir entrar con tu contraseña, pero digamos en lo que viene siendo el sellado, para salir del sistema, te va a pedir la firma electrónica es para que puedan facturar”, precisó.
Además de que deben tener todo actualizado, el Buzón Tributario y sus medios de contacto, agregó.
“Este sexenio se ha presionado más a los contribuyentes. De ahí que dicen que han aumentado 1.7 puntos del PIB la recaudación no adicional de impuestos, pero está incrementando a costa de revisiones y de auditorías”, destacó Edilberto.
“Si hace años todo mundo se quejaba de lo que decíamos que era terrorismo fiscal, pues ahorita es mayor”, recalcó.
El SAT detalló que pueden acceder a los beneficios de tributar en el Resico los contribuyentes con actividades empresariales y profesionales (talleres mecánicos, imprentas, restaurantes, cafeterías, cocinas económicas, cantinas, bares, tiendas de abarrotes, misceláneas, minisúper, escuelas, guarderías, ferreterías y refaccionarias; así como abogados, contadores, médicos, odontólogos, entre otros servicios profesionales).
Asimismo, pueden estar en el Resico quienes arrendan departamentos, casas y locales comerciales.
O quienes están en actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras (los llamados Agapes).
Adicionalmente pueden obtener ingresos por salarios e intereses, siempre que la totalidad de los ingresos no supere el monto de los 3.5 millones de pesos al año.