Bienes y herederos, las claves al momento de redactar su testamento
Contrario a lo que se cree, elaborar su testamento es sencillo y no requiere de muchos requisitos, expertos recomiendan algunos pasos para que sea más sencillo de realizar.
Septiembre además de ser el mes patrio, también es el mes del testamento. Mucho se habla de la importancia de este instrumento legal en el que cualquier persona deja por escrito cómo se heredarán sus bienes. Contar con este documento, no sólo deja plasmado el destino de su patrimonio al morir, también hereda paz y tranquilidad a los seres queridos.
Existen muchos mitos sobre cómo elaborar este documento, la mayoría de la gente piensa que es caro y sólo para la gente con mucho dinero, lo cual es erróneo; cualquier persona puede heredar los bienes acumulados en su vida; inclusive, si se tienen hijos, estipular la custodia de éstos en caso de faltar ambos padres.
Hacerlo no es tan complicado como se cree, es un proceso sencillo, para ello es necesario tomar en cuenta algunas consideraciones antes de acudir con el notario y redactar su testamento, y que sea lo más fácil posible.
Para Roberto Garzón Jiménez, integrante de la Comisión de Comunicación del Colegio de Notarios de la Ciudad de México y notario número 242 de la Ciudad de México, no hay por qué preocuparse al hacer su testamento, ya que este tipo de profesionales están para orientar a la ciudadanía y ayudarles a hacer este trámite.
Explicó que los notarios guían durante toda la redacción del documento al testador. “No hay que pensar en el testamento como una fotografía de la situación actual, sino que surtirá efectos cuando el titular muera”, aseguró.
Mientras más detallado, mejor
Uno de los mitos sobre hacer un testamento es que es para personas que tienen muchas propiedades o mucho dinero, lo cual es un error.
A decir del notario, en el testamento se debe estipular cómo se repartirán esos bienes y cómo se cumplirán algunas obligaciones que haya hecho el testador. Mientras más detallado y específico sea sobre cómo se destinarán los bienes a los seres queridos será mucho mejor.
Una de las recomendaciones al momento de elaborar el testamento es contar con una lista sobre todos los bienes con los que cuenta como son inmuebles, cuentas bancarias, seguros, pertenencias e incluso objetos de valor sentimental.
En este contexto, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) señala que uno de los mitos más comunes sobre el testamento es que la gente piensa que no tiene nada que heredar, lo cual es falso.
Enfatiza que no es necesario tener inmuebles o dinero para hacer un testamento. Se puede heredar cualquier pertenencia acumulada durante la vida, como un automóvil, los aretes de perlas, los cuadros de la familia, hasta las mascotas.
Defina a sus herederos
De igual forma, establecer cómo será la repartición, es decir, si se piensa dejar en porcentajes o algunos bienes en específico; así como definir quienes serán sus herederos y legatarios.
Sobre estos dos términos, el integrante del Colegio de Notarios destacó que hay una diferencia entre los herederos y los legatarios; los primeros son aquellas personas que van a recibir todo lo que se puede transmitir cuando el testador muera, al heredero no se le tiene que detallar que bienes se le dejan porque recibirá todo cuando muera el testador.
Se pueden nombrar varios herederos e indicar el porcentaje que le toca a cada una de ellas, así como dejar herederos sustitutos de caso de que uno llegue a faltar.
En cambio, el legatario es la persona a la que se le deja un bien a título particular, ahí se tiene que mencionar el bien que se piensa dejar y detallarlo lo más posible, por ejemplo si se piensa dejar los cubiertos de plata de la abuela, especificar el tipo de marca, un número de serie o incluso una fotografía.
“El problema es cuando se tiene que tramitar la sucesión por el albacea, si no se fue muy claro y específico será un problema saber el bien a heredar, por eso es importante identificar de qué bienes se trata”, aseguró.
Piense en sus hijos
En caso de tener hijos menores de edad, en el testamento se pueden designar a los tutores y albacea de los padres, en caso de que los dos falten. Garzón Jiménez explicó que se puede nombrar un tutor testamentario que tendrá las mismas funciones que el padre que ejerce la patria potestad.
“En el testamento se puede decidir la o las personas con quienes se desea que sus hijos sean educados y cuidados, ya sea por un tema de creencias o edad o disposición”, detalló.